Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: CONCEDER AUTORIZACIÓN a la ciudadana YAMILETH MARIA HERNANDEZ CONTRERAS, mayor de edad, venezolana y titular de la cédula de identidad No. 6.603.078, para que pueda cobrar todos y cada uno de beneficio que le correspondan a los adolescentes hijos IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, venezolanos, solteros y respectivamente titulares de las cédulas de identidad No. 27.122.896, 25.928.790 y 24.558.874, hijos del "de cujus" PEDRO RAFAEL MORILLO LEON , quien era mayor de edad, venezolano y titular de la cédula de identidad No. 8.516.296 quien falleció ad-intestato el 17 de diciembre de 2.011, por lo que podrá proceder a cobrar la cuota parte de la suma de dinero que le corresponde a los adolescentes por su relación laboral, pensión de sobreviviente, pensión de seguro social, cantidades que se encuentren en entidades Bancarias o Financieras u cualesquiera otro.....