este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO, presentado por la abogada MARIA ISABEL BERMUDEZ ARENDS, inscrita en el Inpreabogado con el número 90.493, en su carácter de apoderada judicial del Banco Mercantil, en contra del ciudadano GUILLERMO RIVERO, venezolano, titular de la cedula de identidad numero 4.479.338 ,de este domicilio, presidente de la SOCIEDAD MERCANTIL INGECA S.A, conforme a lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, DECLARA TERMINADA LA PRESENTE DEMANDA. Así mismo, se archiva el expediente.