En fuerza de los razonamientos anteriores, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, propuesta por la solicitante ciudadana: “LIA CARLOTA LEWIS DE PERROTTA”, identificada supra, acta la cual quedó asentada en el Libro de Registro Civil de Nacimientos Nº 4, llevados por ante la Prefectura del Municipio Heres del Estado Bolívar, durante el año de 1.979, Acta Nº 1.201, folio 5, Tomo 2, Duplicado del año 1.979, y que se estampe los nombres en forma correcta, es decir “LIA CARLOTA LEWIS DE PERROTTA”, “UGO PERROTTA MACUCCI”, y no como erróneamente aparece en dicha partida cuyo error formalmente se trata de subsanar y como en efecto se subsana .- Y así se decide.-