Dispositiva:
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo (2º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar; Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, artículos 12, 15, 341, 340, y 901 del Código de Procedimiento Civil, y de la Resolución Nº 2.009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la gaceta oficial Nº 39.152, de fecha 02 de Abril del 2.009; declara: TERMINADO el procedimiento de solicitud de Denuncia de Graves Irregularidades, presentada por el ciudadano: CARLOS ALBERTO GONZÁLEZ LEJARAZO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.438.859, y de este domicilio, debidamente asistido por la Abogada BERENIDE TORRES,.....