Se dictó decisión en la presente causa acogiendo la calificación correspondiente al Delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA SIN PENETRACION y VIOLENCIA FISICA en su modalidad de LESIONES GRAVES, acordándose medida de protección y Seguridad de las establecidas en el ordinal 6 del articulo 87 de la Ley especial. Se acordó Medida Privativa Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 en todos sus numerales y 252 numeral 2º del código Orgánico procesal Penal, en contra del ciudadano ARQUIMEDEZ JOSE FAIAS GARCIA. Se acordó seguir la presente causa por el procedimiento especial.