DISPOSITIVO
En fuerza de los razonamientos precedentes este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN en la demanda DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL interpuesta por la ciudadana NUNZIATA ANDALRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula identidad Nº E-103.435 y de este domicilio, debidamente representada por el ciudadano JOSE RAFAEL NATERA, abogado en ejercicio inscrito en el IPSA bajo el Nº 15.7925 y de este domicilio, contra la sociedad Mercantil CARNICERIA Y MINIMERCADO Y.J C.A, representa por el ciudadano JHON ALEXANDER GOMEZ BRAVO, colombiano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nro.E-84.401.922, con domicilio en la calle 11 de Abril (al lado de la Farmacia centurión) Parroquia Catedral, Ciudad Bolívar, Estado Bolíva.....