Por cuanto se evidencia en autos que la joven adulta YESSICA CAROLINA ROJAS RAMIREZ, alcanzó la mayoría de edad, en fecha 20 de junio de 2014, siendo que la misma nació el día 20 de junio de 1996 según informe social que consta a los folios 61 al 62 del asunto; por lo que este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN POR MAYORIA DE EDAD DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN (COLOCACIÓN FAMILIAR), interpuesta por la Defensora Publica Tercera a petición de la ciudadana MARIA DEL CARMEN RAMIREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.137.071, domiciliada en la calle El Tanque, calle 10 con carrera 9, Sabana de Parra, municipio José Antonio Páez, estado Yaracuy, en contra de la ciudadana BRIGITTE SCARLET ROJAS RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de .....