En consecuencia de ello, al tratarse de dos pretensiones incompatibles, este Tribunal Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la demanda de resolución de contrato verbal de arrendamiento y desalojo, interpuesta por SONNY URIN ARCILA contra JOSE RAFAEL VERA. Así se decide.