Por todas las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO y TRANSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por la ciudadana MIRIAM DEL CARMEN MATOS GALINDO contra el ciudadano MANUEL AMAURIS RENGEL GONZALEZ. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía a los litigantes de este juicio celebrado ante el Juzgado de los Municipio Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar en fecha 5/02/1971, acta Nº 8.