Este Tribunal de Control N° 2 "ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Decreta el Sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano MIGUEL ANTONIO VASQUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad N° 7.916.408, de 37 años de edad, natural de San Pablo, Estado Yaracuy, de oficio obrero y residenciado en la calle La Bomba, casa s/n, frente a la cancha deportiva "La Múltiple", Municipio Arístides Bastidas, sector San Pablo, Estado Yaracuy, por la comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 36 con la AGRAVANTE del artículo 43 ordinal 2º de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente al momento de cometer el hecho, de conformidad al Artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia Declara la Extinción de la acción penal, de conformidad con el Artículos 48 ordinal 7° ejusdem.