Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, designar CURADOR AD HOC de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, debidamente asistidos por el abogado REYNALDO GOMEZ, en su carácter de Defensor Público Cuarto de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, al ciudadano JEAN CARLOS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.095.849, y con residencia en final de la 2da avenida, Sector Carrizalito, casa s/n San Pablo Estado Yaracuy, solicitud interpuesta por el ciudadano PEDRO LUIS GAINZA HENRIQUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N°10.861.285, residenciado en la Urb Arístides Bastidas, final de la 4ta Av., con calle 6, casa S/n, San Pablo, Municipio Arístides Bastidas, estado Yaracuy, quien c.....