En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de Divorcio fundada en el articulo 185, numeral 2do del Código Civil, presentada por la ciudadana ADELFINA RODRIGUEZ DE LINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.280.968, domiciliada en la calle 3, casa s/n, frente a la plaza del sector Las Piedritas del municipio Nirgua del estado Yaracuy, en contra del ciudadano FREDDY ANTONIO LINARES FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.855.537, domiciliado en la calle 3 del sector Las Piedritas al lado de la escuela, municipio Nirgua del estado Yaracuy; y en consecuencia "Disuelto el Vinculo Matrimonial", contraído entre ellos el día 11 de .....