DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por la ciudadana VADEL MONTES YNGRID MARGARITA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V-12.281.264, con domicilio procesal ubicado en la séptima avenida, entre calles 11 y 12, edificio Rental, piso N° 02, municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistida por el abogado BLANCO TORRES ANDRES ELOY, inscrito en el Inpreabogado con el N° 170.706, en su carácter de Defensor Público del Estado Yaracuy, contra el ciudadano LÓPEZ PEDROZO FRANK HEBERT, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V- 13.695.944, domiciliado en la calle El Carmen, barrio el Campito, casa sin número, diagonal a la cancha del Campito, municipio Independencia, estado Yaracuy; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído entre la ciudadana VADEL MONTES YNGRID MARGARITA y el ciudadano LÓPEZ PEDROZO FRANK HEBERT, ya identificados, en fecha veinti.....