CAPITULO III
DISPOSITIVO:
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 15, 242, 243, 264, 263 y 265, en concordancia con el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, presentado por las ciudadanas Daniela Alejandra García Espejo y Andrea Alejandra García Espejo, debidamente asistida por la Dra. Eglee Rizales Infante, inscrita en el número 92.650, en contra da la Sociedad Mercantil Distribuidora La Fria 2020, C.A, el juicio por desalojo de local comercial, y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de esta decisión.
Dada, firmada y s.....