PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida por la abogado Mariana García, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 115.520, en nombre y representación de los ciudadanos Yenny Carolina Quiroz Ruiz, Luis Ramón Asuaje Salcedo, Elsi Aleida Martínez Durán, Sandra Nicolaza Rivero González, Nelly Margarita Ruiz Montesinos y Ana María Pérez Daza, titulares de las cédulas de identidad números 15.388.166, 10.861.361, 7.910.539, 10.365.800, 12.241.726 y 14.210.760, respectivamente, en contra de la Gobernación del estado Yaracuy, en la persona del Gobernador Julio León Heredia, por la violación de su derecho al trabajo y a la estabilidad laboral, consagrados en los artículos 87 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Se ordena a la Gobernación del estado Yaracuy, como fórmula reestablecedora de la situación jurídica infringida, proceda a reenganchar de manera inmediata a los ciudadanos Yenny Carolina Quiroz Ruiz, Luis Ramón Asuaje Salcedo, Elsi.....