Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE el divorcio por desafecto e incompatibilidad de caracteres incoado por la ciudadana Marielena Castillo Rivero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.987.210, y de este domicilio, en contra del ciudadano Gustavo Sebastián Cabrera González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nº V-10.926.626, y de este domicilio, y en consecuencia de ello, DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha seis (06) de noviembre de 2010, por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo Caroni del Estado Bolívar, según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio signada bajo el Nº 986, Libro Nº 7, .....