El Tribunal Segundo en Funciones de Control, desestima la precalificación dada por la Fiscal del Ministerio Público en cuanto al Ocultamiento de arma de fuego, tomando en cuenta que de las actas se evidencia que ciertamente se encontró dentro del interior del vehículo, en un bolso verde, un arma de fuego tipo escopetín, sin embargo en la misma acta no se establece, en que lugar del vehículo fue encontrado el bolso, así como tampoco en que parte del vehículo se encontraba el adolescente sentado así como tampoco los adultos, por lo que no se puede determinar la conducta del adolescente en ese hecho. En cuanto al hecho punible de Posesión ilícita de cartucho imputado por la Fiscal del Ministerio Público, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley de Arma y Explosivos, considera esta Sala que se encuentra acreditado. Tomando en cuenta el análisis en las actas cursantes en la presente causa y considerando las circunstancias en que ocurrieron los hechos aquí narrados por la Fiscalía de.....