En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la medida de suspensión provisional de los efectos de la Providencia Administrativa Nº 2012-152 de fecha 10 de abril de 2012, mediante la cual declaró con lugar la solicitud y el inmediato reenganche del trabajador JOSÉ GARCÍA, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.122.019, así como el pago de sus salarios caídos, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, quedando suspendidos los efectos del aludido acto administrativo a partir de la presente declaratoria y mientras se dicte sentencia definitiva en el presente proceso; y
SEGUNDO: Se ordena oficiar a la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto .....