Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos FANNY DEL CARMEN ESCALONA VIRGUEZ y ANDRES TEODORO ALVAREZ VEROES, venezolanos, mayores de edad, casados entre si, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.859.457 y Nº V-8.515.246, de este domicilio, debidamente asistidos por la abogada Milagros Violeta Ynfante Peralta, inscrita en el Inpreabogado Nº 168.479. En consecuencia, con respecto al adolescente de autos, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos padres, como hasta ahora lo ha sido desde su separación, la responsabilidad .....