Decisión
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Iraida Raquel Colmenarez Cárdenas, en su carácter de Fiscal undécimo del Ministerio Público, contra el auto dictado por el Tribunal de Ejecución N° 2 del Ciruito Judicial Penal del Estado Yaracuy, a cargo del Juez Darío Segundo Suérez Jiménez, en fecha 27-06-2005, mediante el cual desaplicó el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, en la tramitación de los beneficios a los ciudadanos JEduardo José Monge y Ramón Antonio Escalante Pérez.