DECISIÓN
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara PROCEDENTE la solicitud de Ampliación de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad incoada por la Defensa Técnica del imputado y ordena que a partir de la presente el ciudadano YDARWIN JOSÉ GARCÍA TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 20.177.864, soltero, natural de San Felipe Estado Yaracuy, nacido en fecha 17/10/1987, residenciado en la Calle Principal del Barrio Las Flores Monte Oscuro, Casa s/n, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy, sea obligado a presentarse una vez cada treinta (30) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito. Notifíquese a las partes de la p.....