Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, sigue el ciudadana PASTORA SEIVA AGUILAR, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 90082 en carácter de endosatario en Procuración del ciudadano Sergio Daniel Delgado Lucambio, venezolano, mayor de edad, títular de la cedula de identidad V-4.479.538 contra el ciudadano ABRAHAN ANTONIO DIAZ, venezolano, mayor de edad, títular de la cedula de identidad Nº V-2.642.837.