En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION AL CONVENIEMINTO celebrado entre los ciudadanos NELSON RAMÓN VELÁSQUEZ ESPEJO, LISBETH JOSEFINA VELÁSQUEZ ESPEJO y EUCLEMI ANTONIO ATOPO ESPEJO, ut supra identificados, en fecha 11/04/2022 por ante la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar y Competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares con motivo del acuerdo de obligación de manutención y le da carácter basada en autoridad de cosa juzgada, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil