MEDIACION POSITIVA. Hoy, quince (15) de octubre de 2009, a las dos de la tarde (02:00 p.m.), tuvo lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio y visto que la mediacion fue positiva no se vulneran derechos irrenunciables del accionante, ni normas constitucionales ni de orden público este Tribunal Homologa los acuerdos alcanzados por las partes en el presente juicio, en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándose por concluido el proceso.Se ordeno archivo del Expediente.-