En mérito de todas las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa de PROHIBICION DE LA LEY DE ADMITR LA ACCION PROPUESTA, la cual está contenida en el ordinal 11º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el ciudadano abogado en ejercicio LUIS JOSE LOPEZ MEDRANO, en su carácter de apoderado judicial de la demandada de autos, LENNYS GARCIA SIFONTES, en el presente juicio que por REINVINDICACION DE INMUEBLE le sigue la ciudadana LUISA MERCEDES NATERA, ambas plenamente identificadas en el Capitulo I del presente fallo.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente.....