este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar sobre unas acciones de la compañía de comercio EL FARO C.A., que fue solicitada por la apoderada de la parte demandante SANDRA ROMERO