Por todo lo antes expuesto, este Jugado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar declara inadmisible la apelación ejercida por la parte demandada contra la decisión de fecha 7 de enero de 2013 que a su vez declaró improcedente la solicitud de suspensión de la ejecución planteada por la misma parte demandada. Así se decide.