Se dictó y público sentencia definitiva N° PJ0172017000012, mediante la cual se declaró: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la abogada Mary Carolina Vargas Hernández, apoderado judicial de la parte demandada, Empresa Mercantil Inversiones EA 2040, C.A, contra la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primer Instancia del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar en fecha 04/10/2017. Segundo: Sin lugar la demanda de cobro de bolívares derivados de diferencia de canon de arrendamiento y gastos comunes no cancelados. Tercero: Queda así confirmada la sentencia recurrida de fecha 04/10/2017, con los argumentos y razonamientos aquí expuestos. Cuarto: Se condena en costas a la parte demandada por mandato del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.