este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL, incoada por las ciudadanas ROSIO DEL MILAGRO VARGAS VARGAS y ANA VICTORIA VARGAS CORDOVA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la Cédula de Identidad N° V-13096.451 y V-8.514.340, domiciliados en la Comunidad de Crucito, Municipio Veroes, Estado Yaracuy y Barrio Recta de Apolonio, Avenida 2, Sector A, entre calles 3 y 8, Casa Nº 80, Municipio Independencia del Estado Yaracuy, representadas judicialmente por el Abogado DAMASO ARNOLDO SUAREZ ROJAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 62.051, en contra del ciudadano LUIS FERNANDO POLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-9.559.439,.....