Este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la impugnación de la cuantía propuesta por la parte demandada en su contestación de la demanda y fija esa cuantía en QUINCE MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs 15.600,00), equivalentes a DOSCIENTAS CUARENTA UNIDADES TRIBUTARIAS (240 U.T.).
SEGUNDO: CON LUGAR la cuestión previa del ordinal 11° del Articulo 346 del Codigo de Procedimiento Civil.
TERCERO: INADMISIBLE la Demanda de Desalojo de Inmueble de arrendamiento intentada por la ciudadana LUISA PANCHITA BATISTA BONALDE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y con cédula de identidad Nº 3.024.309, de este domicilio, en contra de NAWAF MAN EL DIN NARS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y con cédula de identidad N° V-10.601.504.
CUARTO: Se condena en costas a la demandante, conform.....