Que en fuerza de los anteriores razonamientos, este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO 185-A propuesta por los Ciudadanos: GERVIS OMAR REPUESA y YARITZA JOSEFINA MATOS, supra identificados, y por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los prenombrados cónyuges, que contrajeron en fecha 13 de junio del año 2003, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Barceloneta, del Municipio Raúl Leoní, del Estado Bolívar, quedando asentado bajo el Nº 14, folios 27 y 28, llevados por ese Despacho durante el año de 2003.