En virtud de lo expuesto este tribunal corrige el error denunciado, quedando de la siguiente manera:
PRIMERO: declara, CON LUGAR la demanda de IMPUGNACION DE PATERNIDAD presentada por la ciudadana YULIESIS CAROLINA FERNANDEZ RODRIGUEZ DE PUMAR, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nro. V-15.971.097, de este domicilio, contra los ciudadanos JULIO CESAR FERNANDEZ y ELIS JUDITH RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.880.401 y V-5.986.019, respectivamente, el primero domiciliado en la Urbanización El Perú, sector 3, vereda 33, casa Nº 3, Parroquia Agua Salada, Ciudad Bolívar, Municipio Angostura del Orinoco del Estado Bolívar, y la ultima de los nombrados domiciliada en la Urbanización El Perú, sector 3, vereda 21, casa Nº 3, Parroquia Agua Salada, Ciudad Bolívar, Municipio Angostura del Orinoco del Estado Bolívar.
SEGUNDO: declara, NULO el reconocimiento de filiación paterna efectuado por el ciudadano JULIO CES.....