Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la defensa Pública, Abog. Dina Giunta de Caridad, actuante en el proceso judicial seguido al ciudadano RAMÓN EXPEDITO GUTIERREZ, contra la decisión pronunciada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en fecha 16 de Julio de 2009 Como consecuencia se CONFIRMA la decisión pronunciada.