Hoy, diecisiete (17) de enero de 2008, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), tuvo lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa FP11-L-2007-000996 y visto que la mediación ha sido positiva y por cuanto los acuerdos a los cuales arribaron las partes previa revisión de las probanzas aportadas en el inicio de la audiencia, no vulneran derechos irrenunciables del ciudadano: JOSE GREGORIO LARA, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, cédula de Identidad N° V- 12.875,103 y de este domicilio, ni normas de orden público,este Tribunal Homologa los acuerdos alcanzados por las partes en el presente juicio, en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándose por concluido el proceso.-