Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana: VANESSA CAROLINA SALAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-16.482.674 y de éste domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un lote de Terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra (INTI) que Mide una superficie de TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (375,00 mts2), ubicado en la Via principal de Campo Elías, frente al estacionamiento Gran Jacobo, de la comunidad de Teteiba de la Parroquia Campo Elías Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de: Un área de terreno apta para construcción con árboles frutales tales como: Aguacate, cambur y mango, cercado con tela metálica de alfajol