este Tribunal DECLARA la existencia de una UNIÓN ESTABLE DE HECHO entre las partes, ciudadanos ALFREDO ALEXIS ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.911.326, y la ciudadana NORMAN ELIAS MERCHAN RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.512.648, que se inició el dieciséis (16) de marzo del año mil novecientos ochenta y ocho (1988) hasta el día quince (15) de noviembre del año dos mil quince (2015), esto es, por el lapso de VEINTISIETE (27) AÑOS, OCHO (08) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS APROXIMADAMENTE.
A los fines de dar cumplimiento a lo previsto en la parte in fine del artículo 507 del Código Civil, se acuerda que una vez quede firme la presente decisión, se librará el edicto con extracto de la proferida sentencia, el cual deberá ser publicado en un periódico de la localidad sede de este Tribunal. Igualmente se ordena el registro del dispositivo del presente fallo, una vez que quede firme, por ante la.....