Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos ciudadano ISAIAS DE JESUS TORREALBA MARIJIN y OSMARY DEL VALLE GOITIA PLAZA , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad bajo los Nros. V-18.667.172 y V-18.214.537, respectivamente, en fecha 02 de septiembre de 2016, por ante el Registro Civil del Municipio Caroní del Estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nro. 128, inserta al Libro Nº 2, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados durante el año 2016. La mujer no podrá usar en lo adelante e.....