Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior, Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la apelación ejercida al folio 39 de la pieza 1,por el ciudadano JOSE HECTOR MORA PINEDA en su condición de Presidente de la empresa demandada, contra la decisión de fecha 02 de abril de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACION sigue la sociedad mercantil SERVICIOS Y PROYECTOS MAG, C.A. contra la sociedad mercantil CONINSER 4.000 C.A. Todo ello de conformidad con las disposiciones constitucionales, legales, doctrinarias y jurisprudencia ya citadas, y los artículos 12, 242, 243 .....