esta Corte de Apelación del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar el recurso de revisión interpuesto por la abogada ORLINDA VELAZQUES SANCHEZ, defensora Pública Quinta, con competencia en penal ordinario para la fase de Ejecución, adscrita a la Defensa Pública del estado Yaracuy, quien con tal carácter obra en su condición de Abogada de confianza de los ciudadanos hoy condenados OMAR ENRIQUE LUGO CASTRO, JORGE ANDRES, PARRA HERNANDEZ, MAURO ALBERTO CASTILLO, EFRAIN RAFAEL OJEDA Y LUIS EDMUNDO SERRANO OVIEDO, portadores de las cédulas de identidad No. 11.274.382; 11.279.425;10.373.449; 7.911.125 y 8.511.469, Juzgados por el Tribunal de Juicio Mixto Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy de la forma siguiente: De manera UNANIME DECLARA CULPABLE al ciudadano JORGE ANDRÉS PARRA HERNANDEZ: Venezolano, mayor de edad, soltero, fecha de nacimiento 09-01-1973, titular de la cédula d.....