este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: MARIA YAJAIRA MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° V-10.372.504, sobre unas bienhechurías en un área de terreno de propiedad Municipal, signada con el Código Catastral N°-220600U01004001025001000000, según consta en Mensura Catastral, expedida por la Dirección de Catastro Urbano de la Alcaldía del Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy, que mide CIENTO CUARENTA Y SEIS METROS CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (146,57 M2), ubicado en la Calle 02 entre Carreras 03-B y 04, Casa N° 26, Urbanización Santa Eduviges, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez, Esta.....