Se dictó decisión mediante la cual se decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano RAMON ALCIDES DIAZ RIVAS, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en el articulo 42, segundo aparte y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YUNI MELANIA QUIARO, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 108 numeral 5° del Código Penal concatenado con los artículos 49 numeral 8° y 300 numeral 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal.