Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del de cujus ciudadano ENZO GIUSEPPE EMILIO MANGANIELLO GUARINO , italiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 293.727 , falleció AB-INTESTATO, el día 04 de Abril de 2.012 , en el Barrio Vista Alegre , calle Libertador, casa nro. 80. San Felix, , Estado Bolívar a consecuencia de CANCER DE PULMON, a los ciudadanos ISAURA SALGADO DE MANGANIELLO (conyuge) y los ciudadanos : KATIUSKA JOSEFINA MANGANIELLO SALGADO, y LUIS RAFAE.....