Sentadas las premisas anteriores, y observando el Tribunal que consta plenamente en autos, a los folios del  222, 223, de este expediente, en fecha 08 de  Mayo  del Año 2012,   este Tribunal ordenó  librar oficio al Juzgado Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar a los fines de solicitarle información en referencia  al juicio de PARTICION DE HERENCIA, llevado por ese Tribunal en el Expediente signado con el Nº 0707, hasta la  presente fecha   (   18 / 05 / 2015), ha transcurrido sobradamente más de un (1) año de inactividad procesal plena,  y no encontrándose la presente causa en la etapa de vistos, por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con lo establecido en los Artículos 12, 15, 242, 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la doctrina y la jurisprudencia antes citad.....