En merito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la PARTICIÓN de: 1) un (01) inmueble ubicado en la Calle 15, casa nº 01, Sector 01, de la Urbanización Francisco Avendaño (Los Alacranes) Ud 109 en San Félix, Municipio Caroní del Estado Bolívar, 2) artefactos domésticos de línea blanca como: una nevera, lavadora, cocina, televisor, DVD; Equipo de Sonido, Juego de Cuarto, Licuadora, Plancha, y 3) los Tres (03) locales para el uso comercial, ubicados en la calle 15, casa Nº 01, Sector 01, Urbanización Francisco Avendaño (Los Alacranes), UD-109 en San Félix Municipio Caroní del Estado Bolívar, y se emplazará a las partes a un acto que tendrá lugar al Décimo (10) Día de despacho en el cual procederá al nombramiento del p.....