Se declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por Cobro de Prestaciones v Sociales y otros conceptos laborales, incoara la ciudadana Abogada ANTONIELLA NIGRO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 122.752, en su condición de Apoderada Judicial del Ciudadano ALCIDES ANTONIO SEVILLA ROJAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad nº 8.933.014, demandante en esta causa, contra la empresa SUMINISTRO DE PERSONAL, EQUIPOS Y CONSTRUCCIÓN, C.A. (SPECCA) y solidariamente contra las empresas SUMINISTROS MI PAÍS, C.A. y ORINOCO IRON, SCS. En consecuencia se declara EXTINGUIDO el proceso de conformidad con lo establecido en el art. 201 de la LOPT.
La presente decisión tiene como base los artículos (arts.) 2, 19, 49, 257 de la Constitu