En virtud de lo anterior, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: que no ha transcurrido aún el lapso para dar contestación a la demanda, y así se decide.-
No hay expresa condenatoria en costas, dado el carácter de la decisión.