En fecha 18/11/2011 este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora recurrente y Desistido el Recurso de Apelación interpuesta por la parte Demandada ésta última de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en consecuencia de ello, se declara INADMISIBLE la solicitud hecha por la parte demandada TIGASCO, GAS LICUADO, C.A., respecto al llamado como tercero forzoso a la empresa Venezolana Distribuidora de Gas Natural C.A. (VDGAS), por los motivos descritos ut supra. SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión proferida el 28 de septiembre de 2011, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este mismo Circuito Judicial, en la cual admite como tercer interviniente forz.....