Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: LA APREHENSION EN FLAGRANCIA A LOS IMPUTADOS PEDRO JUNIOR SALCEDO MARQUEZ, dice ser titular de la Cédula de Identidad N° V-15.595.755, de 25 años de edad, Venezolano, soltero, natural de El Vigía, Estado Mérida, hijo de María Victoria Márquez (v) y Pedro Juan Salcedo (v), analfabeta, de ocupación obrero, residenciado en Mucujepe, en el Sector La Esperanza, calle principal, por la bodega del señor Marcos Bueno, a dos cuadras, casa S/N, de bloque sin frisar, Estado Mérida; y JOSÉ ALBERTO MÉNDEZ MÉNDEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-24.552.069, de 18 años de edad, natural de El Vigía, Estado Mérida, soltero, nacido en fecha 30/9/1987, hijo de Margarita Méndez (v) y Carlos Arturo M.....