Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por EJECUCION DE HIPOTECA CONVENCIONAL ESPECIAL DE PRIMER GRADO incoara la sociedad mercantil BANCO CARONI, C.A. BANCO UNIVERSAL contra la sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A.; en consecuencia se condena a la parte demandada Sociedad Mercantil INVERSIOENS & CONSTRUCCIONES 2005, C.A., a pagar a la parte actora, las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: La cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo) por concepto de saldo capital del préstamo.
SEGUNDO: La cantidad de TRESCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 362.566,67), correspondiente a los intereses por concepto de intereses convencional.....