´DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE el Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres incoado por la ciudadana: YUMARY DEL CARMEN GUTIERREZ GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.619.756, debidamente asistida por el abogado en ejercicios RODOLFO RAFAEL SALAZAR, venezolano, mayor de edad, inscrita en el I.P.S.A. bajo los Nº 204.240, en contra del ciudadano; JUAN RAMON VALOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.995.840; y en consecuencia de ello, DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha seis (06) de mayo del 1993, por ante el Registro Civil del Municipio Piar del Estado Bolívar , ta.....